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La Copa Mundial

¡La fiebre de la Copa del Mundo se ha desatado! Incluso aquí en los Estados Unidos, donde la selección nacional no calificó, es difícil escapar de la vista de los juegos y la emoción de los fanáticos. La inmigración tiene una parte no pequeña en la explicación de esto. Los Estados Unidos es el hogar de inmigrantes de todos los rincones del mundo y ve las expresiones de alegría de los aficionados animando a los equipos de su país de origen. Sin embargo, no es solo un fenómeno estadounidense. La inmigración es un fenómeno global. Es visible en los campos de fútbol de Rusia mientras se celebran los partidos de la Copa del Mundo.

FIFA (Federación Internacional de Asociaciones de Fútbol, por sus siglas en francés) publica muchas estadísticas sobre los equipos en la Copa del Mundo. Esto es lo que dice, en parte, sobre la inmigración:

De los 1.032 jugadores que participaron en los clasificatorios para los 31 equipos clasificados y los 40 jugadores rusos considerados, 98 nacieron fuera de la asociación representada (9.1%). El porcentaje máximo se midió para Marruecos (61.5%), mientras que siete países no incluyeron a ningún jugador nacido fuera de sus fronteras nacionales.

El tema de la movilidad humana, la migración y la doble nacionalidad es tal que ahora la FIFA permite a los jugadores representar a un segundo país. Las cifras, sin embargo, no reflejan cuántos jugadores nacen en el país que representan, sino que son hijos de inmigrantes de primera o segunda generación. Eso daría porcentajes más grandes. Esto es solo un ejemplo de cómo las personas se mueven y llevan sus talentos consigo.

La inmigración, sin duda, presenta desafíos para el migrante, el país de origen y el país receptor, pero una y otra vez, se vuelve obvio que el balance es positivo. Vivimos en una era global y el movimiento ordenado de las personas es algo para celebrar. El sistema de EE. UU. ofrece muchas vías para esto, desde inmigración basada en la familia, visas de empleo, incluso para atletas profesionales como muchos futbolistas, y protección para los perseguidos y las víctimas. Los fuegos de la inmigración han forjado a este gran país generoso y debemos preservar este gran experimento estadounidense.

¿Quién puede enviar y representar casos de inmigración?

La ley en los Estados Unidos permite que las personas se representen a sí mismas en asuntos legales. La idea es que cualquier persona pueda elegir ser su propia defensora. Además, una persona puede tener un abogado que lo represente en el proceso legal al que se enfrentan. Lo que una persona no podrá hacer es que cualquier persona de la calle los represente en asuntos legales. Esto es aplicable también a los procedimientos legales de inmigración, ya sean solo administrativos, o frente al tribunal de inmigración.

En casos de inmigración, las personas pueden optar por presentar su propio caso. Determinar cuál es el curso de acción, llenar sus propios formularios, enviarlos, etc. La otra opción es tener un abogado que los represente, prepare las solicitudes en su nombre y represente su caso. Un abogado es una persona que tiene educación legal, que ha aprobado el examen de la barra de abogados, y tiene licencia de uno o más de los Estados en los EE. UU. para ejercer la abogacía. Cuando se trata de inmigración, la ley proporciona una alternativa. Esta alternativa es un representante acreditado por el DOJ.

Un Representante Acreditado del Departamento de Justicia es un individuo no-abogado que (1) es empleado de una organización sin fines de lucro reconocida por el DOJ; (2) tiene buen carácter moral; (3) tiene conocimiento y experiencia en leyes y procedimientos de inmigración; (4) han solicitado con éxito el reconocimiento del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Estas personas están autorizadas a practicar la ley de inmigración siempre que (1) sigan acreditadas; (2) operen desde un lugar perteneciente a la organización sin fines de lucro reconocida; (3) se limiten a cuestiones de la ley de inmigración. Cuando se trata de USCIS, Departamento de Estado, Tribunales de Inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración, tanto abogados como representantes acreditados por el Departamento de Justicia pueden representar casos frente a ellos. Sin embargo, hay dos niveles de acreditación, uno que permite que la persona represente solo frente a USCIS y el Departamento de Estado, y el otro que permite la representación en todos los niveles. Puede encontrar una lista de representantes acreditados aquí .

Hay muchas personas que ofrecen servicios de inmigración de forma fraudulenta. Notarios públicos, preparadores de impuestos y otros, ofrecen sus servicios en el campo de la inmigración sin la autoridad legal para hacerlo y en muchos casos sin el conocimiento. Muchas personas y familias son víctimas de individuos inescrupulosos y terminan perdiendo grandes cantidades de dinero y en muchos casos terminan en una peor posición de la que comenzaron. Para obtener más información sobre este tipo de fraude, puede hacer clic aquí .

El personal que labora en nuestra agencia combina abogados y representantes acreditados por el DOJ. Esto nos permite brindarle todo el conocimiento y la experiencia necesarios en su caso, ofrecerle la representación legal y la cobertura que desee en este tipo de situaciones. Somos una operación de servicio completo que, entre otras cosas, ofrece representación legal para cada caso que manejamos. No solo respondemos preguntas o completamos formularios. Además, tomamos un caso y lo representaremos de principio a fin.

Who can file immigration cases?

The law in the United States allows people to represent themselves in legal matters. The idea is that any person can choose to be his or her own advocate. In addition, a person can have an attorney represent his or her in the legal proceeding that they are facing. What a person will not be able to do is to have just any person off the street represent them in legal matters. This holds true in the case of immigration legal proceedings, whether administratively or in front of the immigration court.

In immigration cases, people can choose to file their own case. To determine what the course of action is, to fill out their own forms, file them, etc. The other option is to have an attorney represent them, prepare the applications on their behalf, and represent their case. An attorney is a person that has a legal education, has passed the bar exam and is licensed by one or more of the States in the US to practice law. When it comes to immigration, the law provides an alternative –  this alternative is a Department of Justice (DOJ) Accredited Representative.

A Department of Justice Accredited Representative is a non-attorney individual that (1) is employed by a DOJ recognized nonprofit organization; (2) has good moral character; (3) has knowledge and experience of immigration law and procedures; (4) have successfully applied for recognition from the Department of Justice of the United States. These individuals are authorized to practice immigration law as long as (1) they remain accredited; (2) they operate out of a location belonging to the recognized nonprofit; (3) they limit themselves to issues of immigration law. When it comes to USCIS, Department of State, Immigration Courts, and the Board of Immigration Appeals, both attorneys and DOJ Accredited Representatives can represent cases in front of them. However, there are two levels of accreditation, one that allows the person to represent only in front of USCIS and the Department of State, and the other that allows for representation at all the levels. You can find a list of accredited representatives here.

There are many fraudulent individuals offering immigration services. Notary Public, tax preparer, and others offer their services in the field of immigration without the legal authority to do so and in many cases without the knowledge. Many individuals and families are victims of unscrupulous individuals and end up losing large amounts of money and in many cases ending up in a worst position that they started with. For more information on this type of fraud, you can click here.

In our agency, we have a staff that is a combination of attorneys and DOJ Accredited Representatives. This allows us to provide you all the knowledge and expertise necessary in your case and to offer you the appropriate legal representation and coverture that you want in these kinds of situations. We are a full-service operation that, among other things, offers legal representation for every case we handle. We do not only answer questions or fill out forms, when we take a case we will represent it from beginning to end.

Todo proceso se toma su tiempo

Lidiar con la inmigración no es simple, y ningún beneficio llega rápidamente. Aunque parece innecesario tener que decir eso, parece que muchas personas creen lo contrario. Hay muchas razones que complican los procesos de inmigración y son muchas razones que los hacen lentos. Abordaremos algunos de esos en diferentes oportunidades.  Hoy queremos enfocarnos en un solo aspecto del proceso: el tiempo administrativo que le lleva al gobierno procesar una aplicación una vez que la ha recibido. Esto no tiene nada que ver con todo el tiempo que una persona ya ha tenido que esperar para ser elegible para presentar esa solicitud, este es solo el tiempo de procesamiento administrativo.

La agencia de Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) es la sección del Departamento de Seguridad Doméstica encargada de otorgar beneficios. Por lo tanto, todas las solicitudes de beneficios de inmigración se les envían a ellos. Existen diferentes plazos de procesamiento para cada solicitud. Los tiempos varían dependiendo del tipo de beneficio solicitado, e incluso de la oficina asignada para manejar cada caso. En muchas ocasiones una persona es elegible para solicitar un beneficio migratorio tras muchos años de espera. En algunos casos una persona aplicará por la renovación de un documento próximo a expirar. Cualquiera que sea el motivo para presentar una solicitud, existe un tiempo administrativo para procesarla. La cantidad de tiempo que lleva procesar una solicitud ha aumentado notablemente en los últimos años. USCIS tiene una sección en su sitio web donde se pueden revisar estos plazos. Recientemente lo han renovado y lo han hecho más fácil de usar. Puedes consultarlo aquí . Veamos algunas aplicaciones comunes y cuánto tiempo uno puede esperar que el proceso demore.

Las personas elegibles para solicitar su residencia (“Green card”) siempre que estén dentro de los EE.UU., tiene que utilizar el formulario I-485: “Solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus”. Para presentar esta solicitud asociada con una petición familiar, las formas deben ser enviadas a una oficina central. Posteriormente serán transferidas a la oficina local con jurisdicción sobre el caso. Nuestra oficina está bajo la jurisdicción de la Oficina de Dallas (Dallas Field Office). Hoy la Oficina de Dallas informa que este tipo de aplicaciones tardan entre 11 y 28.5 meses en procesarse. Esto es una enorme cantidad de tiempo y un rango increíblemente amplio.

Las tarjetas que muestran que una persona es un residente legal permanente (“green cards”) tienen una validez de 10 años. Los residentes legales debe renovarlas cuando llegue el momento. Para ello deben enviar el formulario I-90, “Solicitud para Reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente”. Este formulario no se procesa localmente sino en el Centro de Servicio de Potomac. A la fecha de hoy, informan un tiempo de procesamiento de 11-11.5 meses. Algún tiempo atrás solían tardar solo 90 días, luego pasaron a 180 días, y ahora el tiempo casi se ha duplicado.

Muchos sobrevivientes de actividades delictivas violentas son elegibles para recibir beneficios de inmigración. El más común es el estatus U, no inmigrante, o visa U (para más detalles, hay una entrada disponible sobre esto). La aplicación es la I-918, Petición para un estado de no inmigrante. Estas aplicaciones se envían al Centro de Servicio de Vermont, que luego comparte la carga con el Centro de Servicio de Nebraska. Ambos informan hoy un tiempo de procesamiento de 42 a 54.5 meses.

Nuestro ejemplo final, la aplicación necesaria para que un residente permanente legal se convierta en ciudadano estadounidense. N-400, Solicitud para la Naturalización, es la forma utilizada en este proceso y se maneja localmente. Hoy, la Oficina de Dallas informa que estas aplicaciones tardan de 15 a 20.5 meses. Esto es un gran incremento del período de 4-5 meses antes.

Las razones de estos tiempos extravagantes son múltiples, complejas y, probablemente, más allá de una explicación satisfactoria. Nuestro punto al cubrir esta información aquí es solo para destacar sobre el hecho de que incluso cuando alguien tiene derecho a un beneficio por ley, obtener ese beneficio puede tomar años de esperar el momento apropiado para solicitarlo, y luego una tremenda cantidad de tiempo para para ser procesado. La ley y los procedimientos de inmigración son complejos. Las personas que buscan beneficios deben actuar lo antes posible porque llevarán mucho tiempo. Sin embargo, la calidad de los paquetes de la aplicación es primordial. Los errores, la falta de información o de documentos y otros detalles pueden retrasar el proceso. Estamos disponibles para brindar la experiencia de miles de solicitudes presentadas en el transcurso de más de tres décadas, en beneficio de su caso.

Taking it’s Sweet Time

Dealing with immigration is not simple, and no benefit comes quickly. It would seem unnecessary to even state that but the way the conversations go sometimes, it appears that many people believe the opposite. There are many reasons that make immigration processes complicated, and for many reasons that make them slow. We will tackle some of those in different entries. We want to focus today on just one aspect of the process: the administrative time that takes the government to process an application once it has received it. This has nothing to do with all the time a person already has had to wait to be eligible to file that application, this is just the administrative processing time.

The United States Citizenship and Immigration Services (USCIS) is the part of Homeland Security in charge of granting benefits. Therefore, all applications for an immigration benefit are filed with them and they have different timeframes to process them. These vary from the type of benefit sought to the particular office assigned to handle the case. In many occasions, it takes years for a person to become eligible to file for a particular benefit. In other situations, a particular document is reaching its expiration date. Whatever the reason to file, there is administrative time to process the request. The amount of time that takes to process a request has been increasing noticeably in the last few years. USCIS has a section on their website where these timeframes can be reviewed. They have recently revamped it and made it more user-friendly. You can check it out here.

Now, let us look at some common applications and how long one can expect the process to last.

People eligible to apply for a green card while inside the US have to use the form I-485, Application To Register Permanent Residence or Adjust Status. To file these applications, in family-based cases, one has to send them to a central location and then they transfer to the local office with jurisdiction over the case. Our office is under the jurisdiction of the Dallas Field Office. Today the Dallas Field Office reports that these type of applications take between 11 and 28.5 months to be processed. This an enormous amount of time and an incredibly wide range.

The cards that show a person is a Lawful Permanent Resident (“green cards”) have a 10-year validity. So people in this status need to renew them when the time comes. In order to do that they must submit an I-90, Application to Replace Permanent Resident Card. This form is not processed locally but in the Potomac Service Center. As of today, they report a processing time of 11-11.5 months. These used to take 90 days, then it went to 180 days, and now it has almost doubled that.

Many survivors of violent criminal activity are eligible for immigration benefits. A common one is the U, nonimmigrant status (for more details, there is an entry available on this blog). The application is the I-918, Petition for U Nonimmigrant Status. These are filed with the Vermont Service Center who then shares the load with the Nebraska Service Center. They both report today a processing time of 42 to 54.5 months.

The final example, the application needed for a Lawful Permanent Resident to become a US citizen. N-400, Application for Naturalization is the form used in this process and it is a handled locally. Today the Dallas Field Office reports that these applications take from 15-20.5 months. This is up from a 4-5 month period before.

The reasons for these outrageous timeframes are multiple, complex and probably beyond a satisfactory explanation. Our point by covering this information here is just to bring attention to the fact that even when someone is entitled to a benefit by law, obtaining that benefit may take years of waiting for the appropriate time to request it, and then tremendous amounts of time for it to be processed. Immigration law and procedures are complex. People seeking benefits ought to act as soon as they can because it will take a long time. However, the quality of the application packets is primordial. Errors, missing information or documents, and other details may delay an already slow process. We are available to provide the experience of thousands of applications filed upon the course of over three decades to the benefit of your case.

Status U no inmigrante

Ser víctima de un crimen no es nada agradable y sus efectos pueden extenderse a muchas áreas y durante muchos años, dependiendo de la gravedad. El sistema de inmigración de los Estados Unidos reconoce que las víctimas nacidas en el extranjero podrían ser mejor atendidas en ciertas ocasiones si se les proporciona una alternativa para permanecer legalmente dentro de los EE. UU. en lugar de ser deportadas a su país de origen. No es una buena posición el ser víctima de un crimen, pero estos beneficios permiten que algo bueno salga de algo trágico y ayudan al sobreviviente en el proceso de continuar y reconstruir una vida. Hay varias formas para que esto suceda. Queremos centrarnos en esta sección acerca de el estado U no inmigrante, que popularmente se conoce como “visa U”.

La Visa U le permite al solicitante elegible obtener estatus legal en los Estados Unidos por 4 años y la autorización para trabajar por esos cuatro años también. Una vez que el solicitante ha estado en el estatus durante tres años, llega a ser elegible para solicitar la residencia legal permanente (“Green card”). Este beneficio está disponible para el solicitante principal, sus cónyuges e hijos solteros menores de 21 años. Si el beneficiario es menor de edad, el beneficio puede extenderse a sus padres y hermanos solteros menores de 18 años. El beneficiario principal tiene que estar en los EE. UU. para solicitar y obtener el beneficio, pero los derivados pueden estar fuera de los EE. UU.

Para ser elegible para este beneficio, la persona debe haber sido víctima de uno de los delitos tipificados en el estatuto. La mayoría de ellos son crímenes de violencia y de cierta severidad. La persona que califica debe haber sido útil en la investigación y / o enjuiciamiento del agresor (la policía debe verificar esto, más sobre esto a continuación) y debe tener un historial criminal limpio. Otros requisitos pueden ser parte del proceso.

El estado del perpetrador del crimen o su relación con la víctima son irrelevantes a los efectos de obtener el beneficio. La actividad delictiva puede ser violencia doméstica perpetrada por un compañero íntimo o puede ser violencia al azar en la calle perpetrada por un completo extraño.

Uno de los elementos esenciales en la aplicación de estatus no inmigrante U es la certificación de las agencias policiales o judiciales. Este documento es una forma oficial que produce y firma la policía a cargo de la investigación o el enjuiciamiento del caso. En este documento, la agencia de cumplimiento de la ley confirma que la persona fue una víctima, describe el delito en particular y verifica que la víctima ha sido útil, está siendo útil o es probable que sea útil para ellos. Sin este documento, una solicitud no puede ser presentada.

Las solicitudes de estatus no inmigrante U son procesos complejos, son exigentes desde el punto de vista legal, para garantizar que todas las pruebas estén allí y de la manera correcta; pero también son agotadoras emocionalmente para los solicitantes. Deben revivir una buena parte del trauma para transmitir su solicitud al gobierno. Nuestra oficina ha estado manejando con éxito este tipo de aplicaciones durante muchos años. Nuestro personal es sensible a las complejidades de estos casos y trabajamos codo a codo con la policía local, los centros de justicia y los refugios. Si cree que puede calificar para este beneficio, programe una consulta y exploraremos sus posibilidades.

U Non-immigrant Status

Being victim of a crime is nothing nice and its effects can extend to many areas and for many years, depending on the severity. The U.S. immigration system recognizes that foreign-born victims might be best served on certain occasions by being provided an alternative to remaining inside the U.S. lawfully instead of being removed back to their country of origin. It is not a good position to be in being victim of a crime, but these benefits allow for potentially something good to come out of something tragic and help the survivor in the process of moving on and rebuilding a life. There are several avenues for this to happen. We want to focus this entry on the U non-immigrant status, which is popularly known as “U visa”.

The benefit allows the eligible applicant to obtain legal status in the U.S. for 4 years and authorization to work for those four years as well. Once the applicant has been in status for three years, they become eligible to apply for lawful permanent residence (“green card”). This benefit is available to the principal applicant, their spouses, and unmarried children under 21 years old. If the beneficiary is a minor, the benefit might extend to their parents and unmarried siblings under 18 years old. The principal beneficiary has to be in the US to apply and obtain the benefit, but the derivatives can be outside the US.

To be eligible for this benefit the person has to have suffered from one of the criminal activity typified in the statute. Most of them are crimes of violence and of a certain severity. The person to qualify has to have been useful in the investigation and/or prosecution of the case (law enforcement has to verify this, more on this below) and has to have a clean criminal record themselves. Other requirements might be part of the process.

The status of the perpetrator of the crime or their relationship to the victim is irrelevant for purposes of obtaining the benefit. The criminal activity might be domestic violence perpetrated by an intimate partner or it might be random violence in the street perpetrated by a complete stranger.

One of the essential elements of a U nonimmigrant status application is the law enforcement certification. This document is an official form that the law enforcement in charge of the investigation or prosecution of the case produces and signs. In this document, the law enforcement agency confirms that the person was a victim, describes the particular crime, and verifies that the victim has been helpful, is being helpful, or is likely to be helpful to them. Without this document, an application cannot be filed.

U nonimmigrant status applications are complex processes, they are demanding on the legal side to make sure that all the evidence is there and in the right way, but they are also grueling emotionally on the applicants. They have to relieve a fair amount of the trauma in order to convey their claim to the government. Our office has been successfully handling these types of applications for many years. Our staff is sensitive to the complexities of these cases and we work hand in hand with local law enforcement, justice centers, and shelters. If you think you might qualify for this benefit, schedule a consultation and we will explore your possibilities.

Actualizaciones de DACA

DACA se ha convertido en uno de los beneficios de inmigración más nombrados en los últimos años, principalmente por la notoriedad de los destinatarios, los llamados “Soñadores” (DREAMERS). El nombre “Dreamer” proviene del acta DREAM, un proyecto de ley en el Congreso que buscaba proporcionar el estatus de residente permanente legal a las personas indocumentadas que fueron traídas a los EE. UU. siendo menores de edad. Este es uno de los muchos proyectos de ley que están en el Congreso pero que no han sido aprobados o no se han convertido en ley.

Ante este vacío, el 15 de junio de 2012 el Presidente Obama anunció una acción ejecutiva para crear la “Acción Diferida para los Llegados en la Infancia” (DACA). Esta acción ejecutiva, por definición, no es una ley, sino una acción del presidente dentro de los límites de su autoridad. Tomó de la legislación vigente la figura de acción diferida y la autorización para el empleo de los que podrían demostrar necesidad financiera. La conexión con los DREAM ACT es que beneficiaría a un segmento de la población que reunía aproximadamente los criterios de un Soñador. Sin embargo, el alcance de DACA es menor que el de cualquier proyecto de ley en el Congreso relacionado a los Soñadores.

DACA es entonces un beneficio limitado, que brinda autorización de empleo, además de protección contra la deportación: Una persona con una solicitud aprobada de DACA puede ser deportada; pero se considera individuo de baja prioridad para deportación, a menos que haya cambios en las circunstancias de la historia de la persona.  Tiene una tarifa de solicitud de $495 (era $465 cuando se estableció originalmente) y debe ser renovada, incluido el pago de las tarifas, cada dos años. Los requisitos incluían edad, años de presencia en el país, edad en el momento de la llegada, inscripción o graduación de la escuela secundaria y antecedentes penales limpios.

El 5 de septiembre de 2017 el presidente Trump rescindió el programa y no se aceptarían nuevas solicitudes de DACA. Las personas cuyo beneficio actual DACA expiraría el 6 de marzo, 2018 tenían hasta el 7 de octubre de, 2017 para solicitar la renovación. El 8 de enero 2018 un juez federal de San Francisco ordenó a USCIS que comenzara a aceptar renovaciones de DACA en todo el país sin restricciones conectadas a la fecha de caducidad. Esto no reinició el proceso para nuevas aplicaciones DACA. USCIS comenzó a cumplir con la orden judicial unos días después, el 13 de enero de 2018. El 13 de febrero de 2018, un juez federal en Nueva York emitió una orden con el mismo efecto que el juez en San Francisco. El 26 de febrero de 2018, la Corte Suprema se negó a escuchar un caso contra el reinicio de DACA hasta que el noveno circuito de apelaciones tenga la oportunidad de escuchar el caso. El 24 de abril de 2018, un juez federal en DC le dio al Departamento de Seguridad Nacional 90 días para explicar por qué se canceló DACA y, si no se da una respuesta satisfactoria, se le ordena a USCIS comenzar a recibir nuevas solicitudes de DACA. El 1 de mayo de 2018, el Fiscal General de Texas y otros seis estados presentaron una demanda ante un tribunal federal para rescindir el programa DACA.

Si el párrafo anterior le dejó completamente confundido, no se sienta mal. Ha sido un torbellino. Además de todo eso, el DREAM ACT ha aparecido a menudo en las noticias porque el presidente Trump anunció que estaba cancelando DACA para que el Congreso pudiera actuar en un proyecto de ley para proteger a Soñadores. Las noticias siguieron sacando a relucir las discusiones en el Congreso en relación con algunos proyectos de ley de gastos. Como finalmente no ocurrió, todo esto ha creado una gran confusión y algunas personas que son elegibles para recibir algunos beneficios en este momento no los reciben. Entonces, veamos si podemos expresar simplemente dónde nos encontramos en este momento.

El futuro de DACA es incierto y parece sombrío. En este punto, ninguna solicitud nueva, por primera vez, se puede presentar. Sin embargo, todos lo que ya tengan DACA, y el beneficio está por expirar en los próximos meses, y es elegible, puede, y debe solicitar la renovación del mismo. DACA está limitado en lo que proporciona, pero es mejor que no tener nada. Si el solicitante está preocupado por proporcionar información al gobierno, debe recordar que ya lo ha hecho en sus solicitudes anteriores. Si los costos de aplicación son un reto, siempre hay una manera de hacer que funcione y los beneficios obtenidos parecen justificar la inversión de $495. Por lo tanto, realmente alentamos a todas las personas elegibles para renovar sus beneficios de DACA a que lo hagan. La posibilidad de hacerlo está ahí ahora, pero es imposible saber cuándo desaparecerá.

Hemos presentado solicitudes de DACA desde el primer día del programa, el 15 de agosto de 2012. Hemos presentado miles de solicitudes desde entonces. Le recomendamos que haga una cita para que podamos ayudarlo a renovar su DACA.